Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36601

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-19

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/SASSO Enrique R. S/ Ejecutivo

Descripción: se decrta inhibicion.-

//neral Roca, 19 de Setiembre de 2006.-

En atención a lo solicitado y estado de autos, decrétase la inhibición general del accionado para vender y/o gravar sus bienes a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a los Registros de la Propiedad de Rio Negro y del Automotor con asiento en esta ciudad y Cipolletti como así también al RPI y al RPA de la ciudad de Neuquén en los términos de la Ley 22172.-

Dr. RICHAR GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro