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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0337/2004
Fecha: 2006-09-18
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LLAMBAY MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0337/2004
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LLAMBAY MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2006.-
Por presentado, parte a tenor de la copia del poder que obra a fs. 35/36 y por constituido el domicilio.-
Por contestada la demanda. Por opuestas excepciones, de la mismas, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro