Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0337/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-18

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LLAMBAY MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CONTESTA DEMANDA OPONE EXCEPCIONES

EXPTE. Nº 0337/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LLAMBAY MARIA ALEJANDRA Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, septiembre de 2006.-

Por presentado, parte a tenor de la copia del poder que obra a fs. 35/36 y por constituido el domicilio.-

Por contestada la demanda. Por opuestas excepciones, de la mismas, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro