Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1216/01/5

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-18

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ PETTARELLI MARTA HAIDEE S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUID.-EMBARGO-COBRO

EXPTE. Nº : 1216/01/5.-

CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ PETTARELLI MARTA HAIDEE S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, septiembre de 2006.-

No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme detalle efectuado por la parte a fs. 71/74 asciende a la suma de $ 7.602,10 al 28-06-06.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, PETTARELLI MARTA HAIDEE como empleada del Poder Legislativo, hasta cubrir la suma de $ 6.495,10 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 3.770 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia Sudameris S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. Ana Carolina Scoccia a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 2.295,99 en concepto de intereses de honorarios, aporte e IVA; y Abonar al Dr. Cristian E. Mildenberger hasta la suma de $ 5.306,11 en concepto de saldo de liquidación, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

R.B.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

-Juez-

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