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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0254/2006
Fecha: 2006-09-15
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ LAFQUEN LUIS ATILIO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0254/2006
CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ LAFQUEN LUIS ATILIO S/ EJECUTIVO
Viedma, septiembre de 2.006.-
Atento lo peticionado y previa conformidad de la Caja Forense, levántase el embargo decretado a fs. 22.-
De conformidad con el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado LUIS ATILIO LAFQUEN en las proporciones de ley, como empleado de la firma Oriente Construcciones, hasta cubrir la suma de $ 488,77 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 70 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la mencionada firma, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro