include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37588
Fecha: 2006-09-15
Carátula: CORDOBA Jorge c/MELO Carlos A. S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: Inicio
//neral Roca, 15 de SETIEMBRE de 2006.-
Por recibido, téngase por iniciada la presente ejecución de sentencia.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora (POLLOLIN) a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos de la demandada en el porcentaje de ley y hasta cubrir la suma de $600.- en concepto de capital con más la de $300.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Téngase presente las personas facultadas para el diligenciamiento.-
Oportunamente, notifìquese al demandado el embargo ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro