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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30056IV
Fecha: 2006-09-14
Carátula: ALBISU Silvia N. c/CACERES Héctor S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio de embargo.-/
//neral Roca, l4 de Setiembre de 2006.-
En atención a lo solicitado y estado de autos, líbrse nuevo oficio a la empleadora del demandado a fin de que prosiga con el descuento de haberes- en el porcentaje establecido por ley- hasta cubrir las sumas de $ 3.920,86 en concepto de capital con más la de $ 1600 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
La suma del embargo precedentemente ordenado surge de restar al monto de la planilla de liquidación aprobada a fs. 381 ($ 5.380,19) las extracciones realizadas a fs. 372 ($ 1.163,33) y de fs. 376 ($ 296).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro