Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0468/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-12

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ RIVERA Y LAVALLE JOSE S/ APREMIO

Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia

EXPTE. No. 0468/2003

CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ RIVERA Y LAVALLE JOSE S/ APREMIO

Viedma, septiembre de 2006.-

Agréguese.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que los argumentos vertidos por la recurrente a fs. 53 no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 51, teniendo especialmente en cuenta que el nombre de las personas es único e inmutable como asimismo que el nombre del ejecutado según sentencia de fs. 39 difiere del cual se pretende efectivizar la medida cautelar decretada a fs. 40, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-

Por similares razones y no dándose los supuestos del art. 242, inc. 3 C.Pr., a la apelación interpuesta subsidiariamente, no ha lugar.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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