Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0064/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-12

Carátula: ARAVENA ISAIAS ANTONIO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: ART. 489

EXPTE. Nº: 0064/2006.-

CARATULA: "ARAVENA ISAIAS ANTONIO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-

Viedma, septiembre de 2006.-

I.- Por presentado, parte en carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

II.- Por contestado el traslado conferido a fs. 31, 3er. párrafo.-

III.- Atento el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 25 de octubre de 2.006 a las 09:30 horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.-

jc

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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