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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13903-072-06
Fecha: 2006-09-08
Carátula: SLONITZ RENATA / GASTALDI JULIO Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: Aclaratoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:13903-072-06
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
SAN CARLOS DE BARILOCHE, DE SEPTIEMBRE DE 2006
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “SLONITZ Renata c/ GASTALDI Julio y Otra s/ EJECUCION HIPOTECARIA”, expte. nro.13903-072-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que en la resolución obrante a fs. 63/66 se ha incurrido en error material al citar la foja del recurso interpuesto, ya que donde dice “rechazar el recurso de fs.53, con costas” debe decir “rechazar el recurso de fs.54, con costas ”.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE: I.- ACLARAR que la resolución obrante a fs. 63/66 en los presentes autos, donde dice “rechazar el recurso de fs.53, con costas”, debe decir “rechazar el recurso de fs.54, con costas”.-
II.- Registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-
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Poder Judicial de Río Negro