Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13903-072-06

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-08

Carátula: SLONITZ RENATA / GASTALDI JULIO Y OTRA S/ EJECUCION HIPOTECARIA

Descripción: Aclaratoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:13903-072-06

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

SAN CARLOS DE BARILOCHE, DE SEPTIEMBRE DE 2006

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “SLONITZ Renata c/ GASTALDI Julio y Otra s/ EJECUCION HIPOTECARIA”, expte. nro.13903-072-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 63/66 se ha incurrido en error material al citar la foja del recurso interpuesto, ya que donde dice “rechazar el recurso de fs.53, con costas” debe decir “rechazar el recurso de fs.54, con costas ”.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE: I.- ACLARAR que la resolución obrante a fs. 63/66 en los presentes autos, donde dice “rechazar el recurso de fs.53, con costas”, debe decir “rechazar el recurso de fs.54, con costas”.-

II.- Registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que vuelvan los autos a la instancia de origen a sus efectos.-

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Poder Judicial de Río Negro