Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35704

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-07

Carátula: CREDITO AUTOMATICO S.A. C/ GAVILAN Juan S/ Ejecutivo

Descripción: regulacion por acrecidos.-

//neral Roca, 07 de Setiembre de 2006.-

Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $...65...MB:$ 803,46 (gastos,caspital y honorarios según planilla de fs.62/63) arts.6,7,8 y 40 Ley 22l2 RN).

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesiona, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aqueélla..- (arts.6, bis,7 Ley 22l2 RN) .-

Notifiquese y cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.26,este concepto, a lo solicitado no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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