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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0773/2003
Fecha: 2006-09-07
Carátula: REY RICARDO MANUEL C/ GARCIA GUILLERMO ARIEL Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: VISTA C.F. - PROVIDENCIA
EXPTE. Nº : 0773/2003.-
CARATULA: "REY RICARDO MANUEL C/ GARCIA GUILLERMO ARIEL Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
VIEDMA, septiembre de 2006.-
Agréguese la constancia de saldo bancario acompañada.-
De lo peticionado, vista a la Caja Forense.-
Sin perjuicio de ello y surgiendo de las constancias de la causa la existencia de dos cuentas judiciales que corresponden a estos autos (fs. 333 y fs. 344), unifíquense las mismas en la cuenta nº 122010242 -abierta en 1º término- para lo cual transfiérase el monto obrante en la cuenta nº 122010993 a la citada cuenta, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A y notifíquese a la parte demandada que en lo sucesivo deberá depositar en dicha cuenta.-
R.B.
ALEJANDRO J. E. MOLDES
-Juez-
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Poder Judicial de Río Negro