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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0213/2006
Fecha: 2006-09-06
Carátula: ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MECANICOS DE RIO NEGRO (AMOEMRN) C/ CORREA ASENJO JAIME ANTONIO S/ SUMARIO - DESALOJO
Descripción: rechaza citación AL I.P.P.V.
EXPTE. Nº: 0213/2006.-
CARATULA: "ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MECANICOS DE RIO NEGRO (AMOEMRN) C/ CORREA ASENJO JAIME ANTONIO S/ SUMARIO - DESALOJO".-
Viedma, septiembre de 2006.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 25.-
Atento lo peticionado a fs. 19/20, teniendo en cuenta que la citación de un tercero es de caracter excepcional y tiene lugar cuando la controversia es común con alguna de las partes originarias (art. 94 C. Pr.) o media conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra relación existente entre el tercero y alguna de las partes, se advierte que en el caso de autos, dadas las características y la finalidad de la acción de desalojo, no corresponde la incorporación de un tercero al proceso, rechazándose entonces, la citación como tercero del I.P.P.V.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro