Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0213/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-06

Carátula: ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MECANICOS DE RIO NEGRO (AMOEMRN) C/ CORREA ASENJO JAIME ANTONIO S/ SUMARIO - DESALOJO

Descripción: rechaza citación AL I.P.P.V.

EXPTE. Nº: 0213/2006.-

CARATULA: "ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MECANICOS DE RIO NEGRO (AMOEMRN) C/ CORREA ASENJO JAIME ANTONIO S/ SUMARIO - DESALOJO".-

Viedma, septiembre de 2006.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 25.-

Atento lo peticionado a fs. 19/20, teniendo en cuenta que la citación de un tercero es de caracter excepcional y tiene lugar cuando la controversia es común con alguna de las partes originarias (art. 94 C. Pr.) o media conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra relación existente entre el tercero y alguna de las partes, se advierte que en el caso de autos, dadas las características y la finalidad de la acción de desalojo, no corresponde la incorporación de un tercero al proceso, rechazándose entonces, la citación como tercero del I.P.P.V.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro