include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31708IV
Fecha: 2006-09-06
Carátula: BANCO BANSUD SA C/LANDA Juan Manuel y otros S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.Prestamo Dr. Saint Martin.-
//neal Roca, 06 de Setiembre de 2006.-
Al punto I y II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio al RPI correspondiente, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular registral el Sr. JUAN MANUEL LANDA y por la suma de $ 2.274,69 en concepto de capital con más la suma de $ 900 calculados para intereses y costas.-
Atento lo dispuesto por la Ley 15820 se deja constancia que se ha convertido 1 U$S a valor de $ 1.-
Requiérase asimismo, condiciones de dominio, gravamen del inmueble e inhibiciones de los accionados.-
Al punto III, facultase a los nombrados a suscribir las correspondientes minutas y formularios para la efectivización de la medida.-
Al punto IV, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro