Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37064

N° Receptoría:

Fecha: 2006-09-04

Carátula: CAJA PREVISION Soc. Médica Río Negro C/PAPARELLA Vicente S/ Ejecutivo

Descripción: librese oficio

//neral Roca, 4 de SETIEMBRE de 2006.=

A los mismos fines ordenados a fs. 17, líbrese oficio al Colegio Médico de El Bolsón, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC y con transcripción del mismo.

Al punto 2, previamente denúnciese las entidades a las cuales se librará la orden de embargo.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro