Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13230-058-05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-04

Carátula: MAGDALENA JORGE C/ARDNT JORGE Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (2 cuerpos- 1 sobre- les-art.12- art.244)

Descripción: art. 43 y 53 inc. 5 del c.p.c.c.

Expediente Nro.13230-058-05

San Carlos de Bariloche, de julio de 2005

Agréguese. Téngase presente la denuncia de fallecimiento del actor.-

Atento a lo normado por el art. 43 del C.P.C.C., suspéndanse las actuaciones.-

Intímase al letrado a denunciar los nombres y domicilios de los herederos, dentro del término de los 5 días de notificado, bajo apercibimiento de ley (art. 53 del C.P.C.C.).-

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Poder Judicial de Río Negro