Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33886III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-07-04

Carátula: CREDIL S.R.L. c/PARDO Mario Esteban S/ Ejecutivo

Descripción: Provid.//cédula ag.//not. x sec.

//neral Roca, 04 de JULIO de 2005.-

Atento el resultado de la diligencia de fs.104, líbrese nueva cédula al demandado a los mismos fines que la anterior y dirigida al domicilio denunciado a fs. 26.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

De haberse agregado cédula sin diligenciar (no es posible ubicar al demandado).-

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Poder Judicial de Río Negro