Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34575

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-30

Carátula: SIERRA Teresa y Otra c/CHIACHIARINI Rosanna y Otra S/ Sumario

Descripción: regulacion//prov.//transferencia//

General Roca, 30 de agosto de 2.006.-

Proveyendo a fs. 1572: Regulo los honorarios complementarios del Dr. Daniel Gustavo Zornita en la suma de $ 2.440., en forma proporcional de acuerdo al detalle de fs. 1410.- (M.B. $ 127.363,97. Se deja constancia que el M.B. surge de los interes practicados en la planilla de fs. 1470, respecto del capital original-) .-

En la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Proveyendo a fs. 1573: Del pedido de levantamiento de embargo, traslado al ejecutante y vista a Caja Forense.-

Proveyendo a fs. 1577: Del nuevo domicilio constituido, traslado. Not.-

Agréguese el informe bancario acompañado.-

Al punto III: Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos a la cuenta 221661 de la sucursal 126 de Cipolletti del Banco Río de la Plata, la suma de $ 24.301,45 en concepto de saldo de liquidación aprobada a fs. 1511, atento la transferencia de fs. 1540.-

Téngase presente la conformidad presta por Caja Forense con la caución ofrecida y líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., Sucursal local, a fin de que transfieran de la cuenta de autos, a la cuenta de Caja Forense la suma de $ 880 en concepto de 11 % de aportes correspondiente al Dr. Vesciglio.-

Transfiera de la cuenta de autos a la de Rentas la suma de $ 160 en concepto de Ingresos Brutos del Dr. Rodolfo Vesciglio y le abone la suma de $ 9.040 en concepto de: $ 7.360 honorarios regulados a fs. 1577 y $ 1.680 de IVA.-

Se deja constancia que a los honrarios regulados a fs. 1540 se la han deducido: $ 480 corresponden al 6% de aportes a cargo del profesional y $ 160 de Ingresos Brutos.-

De la liquidación practicada, traslado. Not.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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