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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37263CPA
Fecha: 2006-08-30
Carátula: LEFIPAN Santiago y Otra C/CURAQUEO Zenón S/ Ordinario (C.P.A.)
Descripción: prueba proveida
General Roca, 30 de agosto de 2.006.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora:
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
PERICIAL CALIGRÁFICA: De los puntos de pericia, traslado.-
PERICIAL CONTABLE.- De los puntos de pericia, traslado.
PERICIAL en VETERINARIA: De los puntos de pericia, traslado.
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el térino de 10 días las entidades privadas y 30 las públicas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio al Registro de Marcas y Señas.-
INSTRUMENTAL: Aclare concretamente en qué Juzgado y Secretaría tramita el expte. 1071/62.-
Se deja constancia que el expte. 143/03, "LEFIPAN SANTIAGO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", se encuentran en este Juzgado y Secretaría, los que serán agregados por cuerda al momento de dictar sentencia.-
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Faustino Meliñan y Blas Curaqueo fíjase la audiencia del día 05 de diciembre de 2006 a las 10,00 hs. , a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 14 de febrero de 2.007 a las 09,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula y oficio al Sr. Juez de Paz de El Cuy.-
Para la declaración testimonial de Francisco Rodriguez y Mario Rodriguez, fíjase la audiencia del día 15 de febrero de 2.007 a las 9,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública, en caso de incomparecencia injustificada a la del día 28 de febrero de 2.007 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante oficio al Sr. Juez de Paz de Aguada Guzmán.-
Para la declaración testimonial de Antonio Fleitas y Teodora Linares fíjase la audiencia del día 21 de febrero de 2.007 a las 9,00 hs.a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública, en caso de incomparecencia injustificada a la del día 27 de febrero de 2.007 a las 9,00 hs.- que se fija como complementaria. Notifíquese mediante oficio al Sr. Juez de Paz de Aguada Guzmán.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro