Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37207

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-30

Carátula: COOP. CREDIALLEN Ltda. C/ IBARRA Claudio J. S/ Ejecución de Sentencia

Descripción: se apr.liq.se emplia embargo.-

//neral Roca, 30 de Agosto de 2006.-

Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.35, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs. 34 y por la suma de $ 320,20 al 28/06/2006.-

Al punto II, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado -en el porcentaje establecido por ley- hasta cubrir las sumas de $ 320,20 en concepto de capital con más la de $ 200 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de autos.-

Oportunamente, notifiquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro