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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13684-008-06
Fecha: 2006-08-30
Carátula: TORO IDALINA Y OTROS / ANTONA JOSE JUAN S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: remitir causa penal y disponer traslado.
Expediente Nro.13684-008-06
Nota: De informar que en los autos: " TORO, Idalinda y otros s/ Beneficio de Litigar sin Gastos", Expte. nro.: 0365-056-54 que se encuentran agregados por cuerda a los presentes, obra a fs. 43 y 45 resolución que otorga el Beneficio de Litigar sin Gastos a Idalinda Toro, Esteban Sabino y Washington Bascur, a los fines de tramitar demanda por daños y perjuicios contra Juan Jose Antona y Ccia. de Suguros la Mercantil Andina, la cual se encuentra firme.-
Asimismo, informo que se encuentran agregados por cuerda los autos :"ANTONA JOSE JUAN S/ LESIONES CULPOSAS", nro.205-04 del Juzgado Correccional nro. 10.- CONSTE. SECRETARIA, de agosto de 2006.-
San Carlos de Bariloche, 30 de agosto de 2006
Téngase presente. Atento a lo informado, déjese sin efecto la intimación dispuesta a fs. 445 a los fines del art. 287 del C.P.C.C.-
Del recurso de casación interpuesto a fs. 441/444vta, córrase traslado a la contraria por el término de 10 días, debiendo ésta constituir domicilio en la Alzada, bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 288 del C.P.C.C. Notifíquese.-
A lo solicitado a fs. 446: Atento a las razones expuestas por el señor Juez oficiante, remítanse los autos penales requeridos. Ofíciese.-
EDGARDO J. CAMPERI
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro