Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36643

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-25

Carátula: Of.Dto: FINCA DON JULIO S.A. c/CALABRESE Oscar s/ej.hip. S/ Oficio Directo

Descripción: proveido revoca providencia fs. 121.-

General Roca, 24 de agosto de 2006.-

Atento las constancias de fs. 57, y teniendo el cesionario las mismas facultades que el banco actor, autorizase a compensar a Finca Don Julio S.A. en el acto de la subasta con su credito y hasta el monto de la seña, dejandose que los nombrados a fs. 120 se encuentran facultados en nombre de dicha sociedad.- Expidase testimonio.-

Notifíquese al martillero personalmente o por cedula.-

Por los argumentos expuestos, revocase la providencia de fs. 121.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Siendo las 13,30 hs. notifique telefonicamente al Sr. Prospero Peletay.- CONSTE.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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