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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0593/2004
Fecha: 2006-08-23
Carátula: NAVARRO ASTORGA ELIACER C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA
EXPTE. Nº 0593/2004
CARATULA: NAVARRO ASTORGA ELIACER C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, agosto de 2006.-
Atento el estado de autos, advirtiéndose de las constancias de la causa que no se ha acompañado la escritura nª 143 sustento del mutuo cuya revisíon originarara la presente acción y en atención a que ambas partes a fs. 235 desistieran de las medidas de prueba entonces pendientes de producción, entre las cuales estaba la incorporación de la escritura de referencia, en uso de las facultades previstas en el art. 36 del C.Pr y como medida para mejor proveer, dispónese la incorporación de la mencionada escritura. Notifíquese.-
En consecuencia, déjase sin efecto el llamado de autos dispuesto a fs. 246.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro