Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0134/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-23

Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/ NEMAN SANDRA EMILCE S/ EJECUCION HIPOTECARIA

Descripción: ORDENA OFICIO

EXPTE. Nº : 0134/2003.-

CARATULA: "BANCO RIO DE LA PLATA S.A. C/ NEMAN SANDRA EMILCE S/ EJECUCION HIPOTECARIA".-

VIEDMA, agosto de 2006.-

Agréguese. Atento lo requerido, líbrese oficio al Juzgado Civil Nº 1 de Viedma informando: 1) Que en autos se han denunciado pagos parciales y las partes han determinado saldo de deuda (fs. 121, 167 y 180), manifestando la parte actora a fs. 194 la cancelación total del crédito y solicitando el levantamiento del embargo. 2) Que se ha dejado sin efecto la subasta dispuesta (fs. 195). Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento.-

R.B.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

-Juez-

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