Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36533

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-23

Carátula: BANCO DE LA PAMPA SEM C/VINCENTY Hector José y otro S/ Ejecutivo

Descripción: Sen.TRANCE

EJECUTIVO: SENTENCIA

//neral Roca, 23 de AGOSTO de 2006.=

AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado:

ZULEMA BARNES, HECTOR EDUARDO, ROBERTO DANIEL, MONICA ESTER, HORACIO ANIBAL y NESTOR CEFERINO VINCENTY -Sucesores de HECTOR JOSE VINCENTY- y el nombrado en ùltimo tèrmino -Nèstor Ceferino Vincenty- a tìtulo personal........................... haga al acreedor BANCO DE LA PAMPA..............., íntegro pago del capital reclamado de $ 4.447.- más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC), regulando los honorarios del Dr. Gustavo Arias en $...... arts. 6, 7 y 40 ley 2212 RN).-

Téngase por constituido el domicilio de los demandados en los estrados del Tribunal respecto a Hector Eduardo, Roberto Daniel, Monica Ester y Horacio Anibal Vincenty.

Notifíquese, cúmplase con la ley 869. REGISTRESE.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, ley 2212 RN).-

Glósese la documental original.

Proveyendo el escrito de fs. 157,agreguese.

Del martillero propuesto,traslado por dos días.Not.

Proveyendo el escrito de fs. 146, de la impugnación de planilla, traslado. NOT.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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