Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33560III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-14

Carátula: BANCO DE LA PAMPA C/KOHLER Julio S/ Ejecutivo

Descripción: regulacion por acrecidos.-

//neral Roca, 14 de Agosto de 2006.-

Regulo los honorarios por acrecidos del Dr.Luis Gustavo Arias en la suma de $1.300.-MB:$ 23.402,40 (capital de fs. 172) (arts.6,7,8 y 40 Ley 22l2 RN).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorariso se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidada de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla (arts.6, 6 bis, 7 Ley 22l2 RN).-

Notifiquese a las partes y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro