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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37446
Fecha: 2006-08-11
Carátula: LAGONEGRO Rubén O. y Otros c/ ESTABLECIMIENTO COSTANTINO Hnos. S.R.L. S/ Verificación
Descripción: prov./cédula//ofiico//a cédula
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CEDULA DE NOTIFICACION
Celia Pis Roza (Sindico)
Dra. Paola Cerutti
DOMICILIO: Mitre 810, primer piso, oficina 7
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “LAGONEGRO RUBEN Y O. C/ESTABLECIMIENTO FRUTICOLA COSTANTINO HNOS SRL S/QUIEBRA S/VERIFICACIÓN (37.446-III-06) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice:General Roca, 16 de junio de 2.006.-Téngase presente lo manifestado por sindicatura e intímese a los incidentistas, a que en el término de cinco días, acompañen a autos los recibos de sueldo que obren en su poder, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 388 del C.P.C..- Not.-Abrase la causa a prueba por el término de veinte días.-Proveyendo la prueba ofrecida a fs. 28 (actora):DOCUMENTAL: Téngase presente.-DOCUMENTAL EN PODER DE SINDICATURA: Téngase presente.-INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de diez días, las entidades privadas y 30 las públicas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio a SOEFRNYN y CORREO ARGENTINO.-CONFESIONAL: Encontrándose representado el fallido por el Síndico, a lo solicitado no ha lugar por no corresponder.-TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Oscar Ortega y Andrés Ortega, fíjase la audiencia del día 30 de agosto de 2.006 a las 9, 00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 07 de septiembre de 2.006 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo fin líbrese cédula a Villa Regina.-PERICIAL CALIGRÁFICA: Oportunamente si correspondiere.-Dr. RICHAR GALLEGO.JUEZ SUBROGANTE -
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
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María del C. Villalba
Secretaria
oficio al correo pedido de informe y cédulas a los dos testigos de villa regina
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
Téngase presente las cédulas y el oficio acompañado para su control.-
Téngase presente lo manifestado respecto de la documentación solicitada por sindicatura y acompáñese la misma con sus respectivas copias a fin de ser glosadas al expediente y certificadas por el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro