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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33835III
Fecha: 2006-08-11
Carátula: CATALAN Jose Ariel c/EMPRESA de transporte ko- Ko y otro S/ Sumario
Descripción: a cedula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
NESTOR FERNANDO ANDRADA
BUENOS AIRES 1564 (CONSTITUIDO)
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
ABELARDO ZILVESTEIN
CHUBUT 54
(CONSTITUIDO) Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
CECILIA MONTES
DOMICILIO: BUENOS AIRES 1148 (CONSTITUIDO)
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de fs. 329/332-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
AVDA. ROCA entre Artigas y Alsina (CONSTITUIDO) Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS
SR. CARLOS REUQUECURA
EMPRESA DE PASAJEROS KO KO SRL
DR. JORGE GOMEZ , ALBERTO RICCHERI Y HUGO CONCELLON
DOMICILIO: AVDA. ROCA 1277, 4* PISO, OFICINA 405 (CONSTITUIDO) Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de fs. 329/332-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CATALAN JOSE ARIEL (ACTOR)
DR. JUAN FRANCISCO ALBERDI, VERONICA SANTOLIQUIDO (PATROCINANTE)
DOMICILIO: ESPAÑA 1802 (CONSTITUIDO)
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CATALAN JOSE ARIEL C/EMPRESA DE TRANSPROTE DE PASAJEROS KO KO Y OTRO S/SUMARIO" (33835-III-01) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice:"General Roca, 09 de agosto de 2.006 ...FALLO : Rechazando la demanda instaurada por el Sr. JOSE ARIEL CATALAN contra los Sres. CARLOS ALBERTO REUQUECURA, EMPRESA DE TRANSPORTES KO KO SRL, MUTUAL RIVADAVIA DEL SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.-Costas al actor a las resultas del trámite de beneficio de litigar sin gastos.- Regulo los honorarios profesionales de los Dres. Juan Francisco Alberdi en $ 11.700.- Verónica Santoliquido en $ 3.000.- Jorge Arturo Gomez en $ 11.740.- Hugo F. Concellón en $5.896, Alberto Riccheri en $ 3.000.- y los de los peritos Ing. Abelardo Zilvestein en $ 400.- Dr. Nestor Fernando Andrada en $ 400.- Lic. Maria Cecilia Montes Roleri en $ 300.- (M.B. $ 105.337.- arts. 6, 6 bis, 7 y 39 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, cúmplase con la ley 869 y regístrese.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de fs. 329/332-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 11 de agosto de 2.006.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro