include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0301/2005
Fecha: 2006-08-10
Carátula: COLOMBO MIRIAM MABEL C/ BUTVILOVSKI CARLOS ALFONSO S/ SUMARIO - DESALOJO
Descripción: SE DICTA CADUCIDAD - ORDENAR PPAL PAGUE SELLADOS
EXPTE. Nº: 0301/2005.-
CARATULA: COLOMBO MIRIAM MABEL C/ BUTVILOVSKI CARLOS ALFONSO S/ SUMARIO - DESALOJO.-
Viedma,agosto de 2006.-
Atento el estado y constancias de la causa, teniendo en cuenta que en los autos: "Colombo s/ B.L.S.G." Expte. n° 236/06 que corre agregado por cuerda a estas actuaciones, se ha dictado la caducidad de la instancia, según sentencia dictada a fs. 23 del mencionado, la que a la fecha se encuentra firme, previo a la continuidad de la tramitación de las presentes, hágase saber que deberán oblarse los sellados y aportes de ley.-
En su mérito, déjase sin efecto la audiencia fijada a fs. 67.-
Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro