include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32043III
Fecha: 2006-08-09
Carátula: ROSSO Raúl c/LENZI Alberto S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion por acrecidos.-
//neral Roca, 09 de Agosto de 2006.-
En atención a lo solicitado y estado de autos, regulo los honorarios profesiones por acrecidos de los Dres. Ignacio Segovia en $450.- y Dr. Hugo Concellón en $350.-MB:$ 11.000 acuerdo arribado a fs. 136 (arts.6,7,8 y 40 Ley 2212 RN).-
Regulo los honorarios de la Dra. Andrea Alonso por su actuacion a fs.136 en $50.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla (arts,6, 6 bis,7 Ley 22l2 RN).-
Notifiquese a las partes y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro