Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0431/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-08

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ IRIGOYEN MERCEDES GREGORIA S/ ORDINARIO

Descripción: FIJA AUD ART 361 C PR. (aRT. 125 )

EXPTE. Nº 0431/2005.-

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ IRIGOYEN MERCEDES GREGORIA S/ ORDINARIO.-

Viedma, agosto de 2.006.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. A tal fin, en los términos del art. 361 del C. Pr., fíjase audiencia para el 3 de octubre de 2.006 a las 9,45 horas, a la que deberán comparecer las partes munidas de sus documentos de identidad, bajo apercibimiento de celebrarse con cualquiera de las partes que concurra (art. 125 del C. Pr.). Notifíquese.-

jc

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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