Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0181/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-07

Carátula: VIGGIANI SUSANA Y OTRO C/ BARRENO JULIO ARGENTINO S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUIDACION-OFICIO AL BANCO

EXPTE. No 0181/01/6

CARATULA: VIGGIANI SUSANA Y OTRO C/ BARRENO JULIO ARGENTINO S/ EJECUTIVO

Viedma, agosto de 2006.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 97 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 1.261 en concepto de intereses de capital, honorarios y 5% por aporte a la Caja Forense, calculados al 31/05/06.-

Haciéndose saber que en la misma se ha incluido la suma correspondiente a honorarios con sus respectivos intereses y aporte a la Caja Forense, se ha descontado la suma de $ 2 (bono Ley 2897) por no corresponder y se han tomado los montos debitados de conformidad con el estado de cuenta bancaria obrante a fs. 91/92.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristo Walter Guenumil a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos la suma de $ 153 por intereses de honorarios y aporte a la Caja Forense y a la Dra. Tamara Pérez Balda la de $ 1.108 por intereses capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.Pr. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

A lo demás peticionado, oportunamente.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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