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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0651/2004
Fecha: 2006-08-07
Carátula: FERREIRA REYNALDO GASPAR S/ PTA. INFRACCION ART.289 - INC. 3ero. del C.P. S/ ACTUACIONES PREVISTA POR EL ART. 2 - LEY 3.031
Descripción: auto adulterado - fijar aud. martillero - no pedir certif.
EXPTE. Nº : 0651/2004
CARATULA: "FERREIRA REYNALDO GASPAR S/ PTA. INFRACCION ART.289 - INC. 3ero. del C.P. S/ ACTUACIONES PREVISTA POR EL ART. 2 - LEY 3.031".-
Viedma, agosto de 2006.-
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Atento lo solicitado y el estado de autos, a los fines de proceder al sorteo del martillero, señálase la audiencia del día 25 de AGOSTO de 2.006 a las 10.00 horas. Notifíquese y al Colegio de Martilleros.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro