Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37084

N° Receptoría:

Fecha: 2006-08-07

Carátula: VAZQUEZ ESCOBAR Miguel y otra S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Prueba del demand.

//neral Roca, 7 de AGOSTO de 2006.=

Por presentado, parte y con domicilio.

Cúmplase con el art. 8 de la Ley 2897.

Proveyendo la prueba ofrecida por la Demandada:

CONFESIONAL: para la absolución de posiciones de los actores Miguel Vazquez Escobar y Naldi Haydee Martinez Labrín, fíjase audiencia para el día 10 de NOVIEMBRE de 2006 a las 9,00 horas bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada. NOT.

INFORMATIVA: a fin de que informen sobre lo requerido, en el plazo de diez días las oficinas privadas y treinta las públicas, líbrese oficios a RPI, RPA 1y 2 MUNICIPALIDAD de Gral. Roca, REGISTRO PUBLICO de Comercio, RENTAS, AFIP-DGI, BANCO NACION, BANCO PATAGONIA, MACRO-BANSUD, Bco. PCIA. del NEUQUEN, BANCO PAMPA, BANCA DEL LAVORO, BANCO FRANCES, BANCO GALICIA, BANCO RIO, EXPOFRUT SA, MIELE SA ADALBERTO LOPEZ LAVAYEN, JULIO GUIÑEZ, bajo apercibimiento del art. 399 del CPC.

Al punto 5-reconocimiento judicial-, oportunamente si correspondiere.

Al punto IV, téngase presente la reserva efectuada.

Al punto V, intímese a los actores para que en el término de cinco días de notificado acompañe la documental solicitada bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 388 del CPC. NOT.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro