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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36239
Fecha: 2006-08-07
Carátula: ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. c/ FRUTECO S.A. S/ Ordinario
Descripción: a cédula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Consejo Profesional de Ciencias Económicas
9 de Julio 1131 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Cra. Bibiana M. Ortiz
9 de Julio 1131 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Mara Paula Diniello
9 de Julio 1425 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
Dra. Moira Revsin
LA PAMPA 1927 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
Caja Forense
Avenida Roca entre Artigas y Alsina (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
ESTABLECIMIENTO IMF SRL
DRES. MARIO ALVAREZ Y JIMENA MARIA GALLISA
LA PAMPA 1927 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “General Roca. 04 de agsoto de 2.006... FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
Se acompaña copia de fs. 570/574
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
FRUTECO S.A.
Dres. Roque La Pusata y Mariela Elizabeth Garabito
Tucuman 661, 3* piso of. 15/16 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ESTABLECIMIENTO IMF SRL C/FRUTECO SA. S/ ORDINARIO” (EXPTE. N* 36.239-III-04) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: “FALLO: Rechazando la demanda promovida por ESTABLECIMIENTO IMF S.R.L. contra FRUTECO S.A. debiendo responder por costos y costas del proceso.-Regulo los honorarios de los Dres. Mario N. Alvarez en $ 4.000.-, Jimena María Gallisá en $ 3.000.-, Moira Revsin en $ 7.000.-, Roque La Pusata en $5.600.-, Mariela Elizabet Garabito en $ 14.000.-, y los de las peritos Mara Paula Diniello en $ 500.- y Bibiana Marcela Ortiz en $ 500.-, (M.B. $100.000 arts.6, 6bis, 7 y 38 de la ley 2212).-Se fija como porcentaje en favor del Consejo de Ciencias Económicas por la actuación de la contadora Ortiz la suma de $25.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase con la ley 869.-
Se acompaña copia de fs. 570/574
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 07 de agosto de 2.006.-
María del Carmen Villalba
Secretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro