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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37236
Fecha: 2006-08-04
Carátula: CORDOBA Jorge c/ARRIAGADA Sergio Ricardo y otro S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: Inicia Ejecución
//neral Roca, 4 de AGOSTO de 2006.=
Téngase presente la aclaración formulada.
Téngase por iniciada la ejecución de honorarios a cuyo fin líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por los demandados en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 1.200.- en concepto de capital con más la de $ 500.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Cítese de venta a los demandados por el término de cinco días.Notifíquese mediante cédula a Cipolletti.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro