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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36639
Fecha: 2005-06-30
Carátula: CREDIL S.R.L. c/COLHUAN Norberto E. S/ Ejecutivo
Descripción: a cheque.-
General Roca, 30 de JUNIO de 2005.-
Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-
Atento el estado de autos, líbrese cheque a la orden de la Dra.MARCELA A. SAITTA por la suma de $ 8,22 en concepto de:saldo de liquidación aprobada a fs.36.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos, los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 25- (M.B. $ 458,22)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 22, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA:En la fecha se libro cheque No...........................CONSTE.-
NOTA:El /07/05 la Dra.SAITTA retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro