Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36639

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-30

Carátula: CREDIL S.R.L. c/COLHUAN Norberto E. S/ Ejecutivo

Descripción: a cheque.-

General Roca, 30 de JUNIO de 2005.-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Atento el estado de autos, líbrese cheque a la orden de la Dra.MARCELA A. SAITTA por la suma de $ 8,22 en concepto de:saldo de liquidación aprobada a fs.36.-

Atento el estado de autos, regulo por acrecidos, los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 25- (M.B. $ 458,22)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 22, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA:En la fecha se libro cheque No...........................CONSTE.-

NOTA:El /07/05 la Dra.SAITTA retira cheque.CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro