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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37317
Fecha: 2006-08-01
Carátula: GARCIA Elsa Elvira C/ BUSTOS EBERS Marina S/ Sumario
Descripción: prueba proveida//nota
NOTA: De haberse recibido en fecha 11.07.06 del Juzgado Civil V el Expte. N* 31.001-V-06, para acumularse al 37.317-III-06, habiéndose recaratulado como: "VALENZUELA OSCAR DANIEL C/BUSTOS EBERS MARINA S/SUMARIO" (37.517-III-06).-
Secretaría, 01 de agosto de 2.006.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 01 de agosto de 2.006.-
Proveyendo la prueba ofrecida a fs. 9 por la parte actora.-
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de instrucción N* 12, a fin de que remitanel expte. 39.266-12/LM-04.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Marina Bustos Ebers, fíjase la audiencia del día 25 de octubre de 2.006 a las 8,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenida por confesa en caso de incomparecencia injustificada.- Not.-
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Bronzetti, Antinori y Garay fíjase la audiencia del día 01 de noviembre de 2.006 a las 10,00 hs., a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada a la del día 29 de noviembre de 2.006 a las 10,00 hs. que se fija como complementaria. Not,.-
Para la declaración testimonial de Moratelli y Bordoni fíjase la audiencia del día 03 de noviembre de 2.006 a las 10,00 hs. , a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública, en caso de incomparecencia injustificada a la del día 24 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. que se fija como complementaria. Not,.-
A los demás testigos propuestos, oportunamente si correspondiere, atento lo dispuesto por el art. 491 del C.P.C.-
Proveyendo la prueba ofrecida a fs. 23 vta.-
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción N* 12 a fin de que remitan el expte 39.266/04/12.-
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido, en el término de 10 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio a Clínica Roca, Saseg S.A.
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Vicente, Gesteiro y Miralles, fíjase la audiencia del día 08 de noviembre de 2.006 a las 10,00 hs. a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser traído por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 30 de noviembre de 2.006 a las 10,00 hs. que se fija como complementaria. Not.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Elsa Elvira García, fíjase la audiencia del día 27 de octubre de 2.006 alas 10,00 hs., a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro