Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 20193/05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-06-29

Carátula: ODARDA, MARIA MAGDALENA Y OTROS C/ VIAL RIONEGRINA SOCIEDAD DEL ESTADO Y OTROS S/ MANDAMUS

Descripción: Medida p/Mejor Proveer-céd.

Expte.N°20193/05-STJ-

SEÑOR PRESIDENTE:

Previo a emitir mi voto, y como medida para mejor proveer solicito se interrumpan los plazos para fallar y se notifique al Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro y a la Fiscalía de Estado para que en un plazo de 5 (cinco) días hábiles informen sobre la cuestión suscitada en la presente acción de amparo interpuesta a fs.57/80, y concretamente se expidan sobre las medidas adoptadas y efectuadas por el Poder Ejecutivo Provincial en orden al trazado de un camino de acceso público al Lago Escondido. En dicho caso, indiquen por qué medios de ejecución e instrumentos jurídicos se dispondrá del mismo. - -

Así también, solicito se requiera a la Empresa Hidden Lake S.A., con domicilio en jurisdicción de la Comisión de Fomento “El Manso”, para que en los mismos términos se expida sobre los hechos denunciados en el amparo de fs.57/80; y en su caso si existen medidas de esa parte que impidan o limiten el acceso al Lago Escondido.-

Vocalía, 24 de junio de 2005.-

Fdo.VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ

Expte.N° 20193/05-STJ-

///MA, 29 de julio de 2.005.-

-----Acorde lo peticionado precedentemente por el Sr.Juez de Segundo voto, doctor victor Hugo Sodero Nievas interrúmpanse los plazos para fallar y procédase por Secretaría como se peticionada, notificándose al Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro y a la Fiscalía de Estado para que en un plazo de 5 (cinco) días hábiles informen sobre la cuestión suscitada en la presente acción de amparo interpuesta a fs.57/80, y concretamente se expidan sobre las medidas adoptadas y efectuadas por el Poder Ejecutivo Provincial en orden al trazado de un camino de acceso público al Lago Escondido. En dicho caso, indiquen por qué medios de ejecución e instrumentos jurídicos se dispondrá del mismo. - -

Asimismo requierase a la Empresa Hidden Lake S.A., con domicilio en jurisdicción de la Comisión de Fomento “El Manso”, para que en los mismos términos se expida sobre los hechos denunciados en el amparo de fs.57/80; y en su caso si existen medidas de esa parte que impidan o limiten el acceso al Lago Escondido.-

FDO.:ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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