Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0773/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-14

Carátula: HAUGAARD PEDRO ANTONIO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CLAUSURA

EXPTE. Nº 0773/2002.-

CARATULA: HAUGAARD PEDRO ANTONIO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, julio de 2006.-

Conforme lo manifestado, tiénese a la parte demandada por desistida de la prueba informativa.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se encuentren producidas. Fecho vuelvan.-

R.B..-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio y que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

DOCUMENTAL: Informe del Banco Hipotecario S.A. (fs. 356).-

INFORMATIVA: De la Legislatura de la Provincia de Río Negro (fs. 358/375).-

PERICIA CONTABLE: Informe pericial (fs. 392/422 y vta.). Impugnaciones (fs. 428/429 y 431/432). Explicaciones (fs. 435/436).-

PRUEBA DEMANDADA:

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa y reservada en Secretaría bajo registro H: 3/04 .-

INFORMATIVA: Desistida (fs. 441)

PERICIA CONTABLE: Idem pericial parte actora.-

SECRETARIA, julio de 2006.-

R.B.

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, julio de 2006.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro