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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0773/2002
Fecha: 2006-07-14
Carátula: HAUGAARD PEDRO ANTONIO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CLAUSURA
EXPTE. Nº 0773/2002.-
CARATULA: HAUGAARD PEDRO ANTONIO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
Viedma, julio de 2006.-
Conforme lo manifestado, tiénese a la parte demandada por desistida de la prueba informativa.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se encuentren producidas. Fecho vuelvan.-
R.B..-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio y que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-
DOCUMENTAL: Informe del Banco Hipotecario S.A. (fs. 356).-
INFORMATIVA: De la Legislatura de la Provincia de Río Negro (fs. 358/375).-
PERICIA CONTABLE: Informe pericial (fs. 392/422 y vta.). Impugnaciones (fs. 428/429 y 431/432). Explicaciones (fs. 435/436).-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Incorporada a la causa y reservada en Secretaría bajo registro H: 3/04 .-
INFORMATIVA: Desistida (fs. 441)
PERICIA CONTABLE: Idem pericial parte actora.-
SECRETARIA, julio de 2006.-
R.B.
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, julio de 2006.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro