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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0018/2005
Fecha: 2006-07-14
Carátula: GALLEGO LUIS ANGEL C/ GRAF MARCELA GRACIELA S/ EJECUCION HIPOTECARIA S/ OFICIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0018/2005
CARATULA: GALLEGO LUIS ANGEL C/ GRAF MARCELA GRACIELA S/ EJECUCION HIPOTECARIA S/ OFICIO
Viedma, julio de 2006.-
Tiénese presente lo expuesto.-
Atento el estado y constancias de autos, en especial el resultado de la diligencia de fs. 35/37 y toda vez que el martillero interviniente no ha tomado posesión del inmueble a subastar, y no siendo procedente la designación de depositario judicial que efectuara el martillero, por cuanto no se encontraba facultado para ello (conf. fs. 36 y 40), corresponde relevar de dicho cargo a quienes fueran designados en dichas diligencias. Notifíquese.-
En su mérito y en atención a las constancias de la causa, toda vez que el martillero sr. Edgardo Bournisen se ha excedido en sus funciones, hágase saber que en lo sucesivo deberá limitarse al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas, obrando en el cumplimiento de las mismas como auxiliar de la justicia.-
Por lo demàs, estese a lo dispuesto a fs. 42 último párrafo.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro