Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37345

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-14

Carátula: SANCHEZ Jose E. C/LUBILA de Urquiza Anchorena y Atucha Carolina S/ Prescripción Adquisitiva

Descripción: Abre a prueba

//neral Roca, 14 de JULIO de 2006.=

Existiendo hechos controvertidos que serán objeto de comprobación, ábrase la causa a prueba por el término de treinta días. Not.

Concédese el plazo de cinco días para que las partes ratifiquen y/o amplíen la prueba de la que intenten valerse.

Oportunamente pasen los presentes al Defensor

Oficial Dr. Gayá.

Atento a que por la demandada actúa el Defensor de Ausentes no se fija audiencia preliminar.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro