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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 15648III
Fecha: 2006-07-14
Carátula: MARQUEZ Luis Isidro s/suc. S/ Reconstrucción
Descripción: se autoriza al escribano/regulacion
General Roca, 14 de julio de 2.006.-
Téngase presente lo manifestado.-
Autorízase a la escrituración por medio de escribano público del inmueble D.C. 05-1-D-967-15, delegándose al mismo la facultad de requerir los respectivos libres deudas e inhibiciones del causante.-
Déjese sin efecto lo proveído a fs. 71, última parte.-
Regulo por la tercera etapa los honorarios profesionales del Dr. Enrique J. Palmieri en la suma de $...........a cargo de los herederos y por la suma de $ ........a cargo del cónyuge supérstite. (M.B. $ 17.250,77, art. 6,7,24 y 43 Ley 2412).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro