Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33382III

N° Receptoría:

Fecha: 2006-07-13

Carátula: FARINA CARMELO Y PONCE TRÁNSITA S/ Sucesión

Descripción: Declaratoria

//neral Roca, 13 de JULIO de 2006.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "FARINA CARMELO y PONCE TRANSITA S/SUCESIONES" (Expte. Nro. 33.382-III-00).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Carmelo Farina, ocurrido el 11 de junio de 1988 (certificado a fs.4) y Tránsita Ponce, el 19 de agosto de 1997 (certificado de fs.3), ambos fallecidos en la ciudad de General Roca, Río Negro.

Los causantes se encontraban unidos en matrimonio por acto celebrado el 3 de junio de 1988 en General Roca, Río Negro, certificado de fs.5.

De dicha unión no nacieron hijos.

Por cuerda obran los autos "FARINA CARMELO S/SUCESION" (Expte.22.472-III-88) habiéndose dictado declaratoria de herederos a fs.16, con fecha 20-02-89, por la que se resuelve que por fallecimiento de Carmelo Farina le sucede en carácter de única y universal heredera la cónyuge supérstite Tránsita Ponce.

A fs.71 obra certificado de nacimiento de Tránsita Ponce, nacida el 15-08-10, hija de Ciriaco Ponce y de María Gomez.

A fs.44 y 68 se presenta el Sr. Ricardo Ponce, sobrino de Tránsita Ponce acreditando el parentezco mediante certificado de nacimiento de fs.72, del surge que nació el 17-04-38, siendo hijo de Juan Ponce .

A fs.74 obra partida de nacimiento certificada de Juan Ponce, padre del presentante y hermano de la causante Tránsita Ponce, nacido el 24-6-09 en Rio Colorado (RN), hijo de Ciriaco Ponce y María Gómez.

A fs.76/7 obra certificado de matrimonio de Ciriaco Ponce y María Gómez, acto celebrado el 31-08-1901 en La Pampa (Decimoquinto Dpto.), padres de la causante y su hermano Juan Ponce.

A fs.73 obra partida de defunción de Juan Ponce, ocurrido el 20-09-62 en Cinco Saltos (RN).

A fs.7 se declara abierto el juicio sucesorio y competente el Tribunal para entender en el mismo.

A fs.10, 12 y 24/5 obran oficios al Registro de Testamento y Registro de Juicios Universales con los que se acredita que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna, salvo el expte por el que tramitara la sucesión de Carmelo Farina ya mencionado.-

A fs.13/8 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por el art. 3585 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de TRANSITA PONCE, le sucede en carácter de único y universal heredero su sobrino RICARDO PONCE.

Notifíquese y Regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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