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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0132/2013
N° Receptoría: A-1VI-10-C2013
Fecha: 2014-11-14
Carátula: GIL MANUEL ANTONIO C/ GUERRERO SUSANA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: NULIDAD NOTIFICACION JUICIO DE CONOCIMIENTO - llama la atención abogado
EXPTE Nº 0132/2013
GIL MANUEL ANTONIO C/ GUERRERO SUSANA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de noviembre de 2014.-
Toda vez que de la cédula que se agrega se desprende que no se ha transcripto el objeto de la notificación -el traslado de la demanda interpuesta conforme los términos dispuestos a fs. 51- y que, nuevamente, no han sido adjuntadas en forma completa las copias de la demanda, pues las correspondientes obran reservadas en Secretaría sin que conste presentación en la causa de las que el profesional debía acompañar, una vez más la notificación practicada no puede convalidarse como un acto válido.-
Así, y toda vez que dicho acto procesal debe ser efectuado con arreglo a las disposiciones del art. 339 del CPCC, a los fines que la parte citada pueda ejercer en debida forma su defensa de conformidad con lo establecido en el art. 149 del código citado corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
En virtud de lo expuesto precedentemente y las facultades dispuestas por el art. 35 inc. 3º del CPCC corresponde realizar un llamado de atención al Dr. Ignacio Galiano, toda vez que es función del letrado, en su carácter de auxiliar de la justicia, la de coadyuvar a que el proceso se tramite conforme a derecho cumpliendo acabadamente con las pautas dispuestas por la suscripta y el código de rito.-
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Poder Judicial de Río Negro