Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1185/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2014-11-14

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CRESPO GABRIELA YANET S/ EJECUTIVO

Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009 APRUEBA LIQ - COBRO X BCO. - EMBARGO

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

OFICIO JUDICIAL

Viedma, de noviembre de 2014.-

Al Sr. Gerente

Banco Patagonia S.A.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "CONFIAR S.R.L. C/ CRESPO GABRIELA YANET S/ EJECUTIVO" (Expte. Nº 1185/2010), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria a mi cargo, a fin de poner en su conocimiento la providencia que a continuación se transcribe: "Viedma, 14 de noviembre de 2014.- líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli (DNI nº 21.618.121) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 299005308, hasta cubrir la suma de $ 1.238,13 en concepto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-

Saludo a Ud. atentamente.-

Luciano Minetti Kern

Secretario

EXPTE. Nº 1185/2010.-

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ CRESPO GABRIELA YANET S/ EJECUTIVO.-

Viedma, de noviembre de 2014.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 67ta. sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 1.238,13 en concepto de intereses de capital, honorarios y aportes, calculado al 21/10/14.-

Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la Dra. María Marcela Savioli (DNI nº 21.618.121) a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 299005308, hasta cubrir la suma de $ 1.238,13 en concepto de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-

Atento lo solicitado y lo que surge del estado de cuenta de fs. 62/65, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada Gabriela Yanet Crespo como empleada de la Clínica Viedma S.A. hasta cubrir la suma de $ 1.071,37 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.311 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial de autos nº 299005308 a nombre de la suscripta en el Banco Patagonia S.A..-

Rosana Calvetti

Juez

Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-

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