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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-99-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-99-C2013
Fecha: 2014-11-14
Carátula: ROCHA CRISTIAN FABIAN C/ MARTINEZ ARMANDO FACUNDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: PERITO TRAUMATOLOGO ACEPTA CARGO
"ROCHA CRISTIAN FABIAN C/ MARTINEZ ARMANDO FACUNDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)"
(Expte. Nro. A-2RO-99-C3-13)
//neral Roca, 14 de noviembre de 2014.-c
Al punto 1, téngase presente la aceptación de cargo del perito Néstor Fernando Andrada.
Al punto II, oportunamente concédese el préstamo peticionado, por el término de tres días.
Al punto III, intímese a las partes para que dentro del quinto día de notificado, deposite en autos la suma de $ 700-, en concepto de anticipo de gastos de pericia médica, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C., a cuyo efecto líbrese cédula.-
Suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-
Hágase saber que se intima a depositar adelanto de gastos, a la parte actora en virtud de que al día de la fecha no existe resolución que haya concedido el beneficio de litigar sin gastos y conforme los alcances del art. 83 del C.P.CyC - beneficio provisional-, los gastos requeridos no se encuentran comprendidos .
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro