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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0119/2014
N° Receptoría: F-1VI-266-C2014
Fecha: 2014-11-12
Carátula: LEBED JORGE EDUARDO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONOR. BIEN GANANCIAL - 1 BIEN 1 PROF.
EXPTE. N° 0119/2014
CARATULA: LEBED JORGE EDUARDO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de noviembre de 2014.-
Tiénese presente.-
Atento lo peticionado lo peticionado a fs. 57, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Marino Claudio Bonotti, en la suma de $ 18.826,50 (coef. 11 % del 50 % + 50 % y 40 %) por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a la respectiva inscripción (MB: $ 163.000 -valuación fiscal de fs. 52- (arts. 8, 10 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro