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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00503-059-13
N° Receptoría: N-3BA-1-CC2013
Fecha: 2014-11-12
Carátula: COMUNIDAD MAPUCHE LAS HUAYTEKAS / S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: Varios.
COMUNIDAD MAPUCHE LAS HUAYTEKAS S/ MEDIDA CAUTELAR (00503-059-13).
San Carlos de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
I) A fs. 420 (escrito de la Comunidad):
Téngase presente la autorización conferida en favor de la Dra. Araceli Pereira Suárez.
II) A fs. 518/548 (escrito de Trianes y Martínez Pérez):
A) Por presentados y por parte. Por constituido el domicilio.
B) Córrase traslado a la demandante de la documentación acompañada y de la revocatoria interpuesta contra las medidas cautelares dispuestas el 17/12/2013 (fs. 107/110), sin perjuicio de lo resuelto en el punto III del 31/10/2014 (fs. 418/419). Notifíquese.
C) Téngase presente la apelación y la reserva del caso federal.
D) Téngase presente la formación de expedientes separados para una vez notificada la resolución del 05/11/2014 dictada en el principal que así lo dispone (fs. 516/518).
III) A fs. 550 (escrito de Trianes y Martínez Pérez):
Estese a lo resuelto 31/10/2014 (fs. 418/419), lo proveído en el punto anterior de la presente y lo dispuesto por el artículo 484 del CPCCRN aplicable analógicamente.
IV) A fs. 563/564 (escrito de Hidden Lake SA):
A) Por presentado y por parte en virtud de la personería invocada. Por constituido el domicilio indicado.
B) Córrase traslado a la demandante de la revocatoria interpuesta contra las medidas cautelares dispuestas el 17/12/2013 (fs. 107/110), sin perjuicio de lo resuelto en el punto III del 31/10/2014 (fs. 418/419). Notifíquese.
C) Téngase presente la apelación y la reserva del caso federal.
V) A fs. 567/568 (escrito de Zilberberg):
Al acuerdo, a efectos de resolver la revocatoria interpuesta contra el punto III del 31/10/2014 (fs. 418/419).
Emilio Riat
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro