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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36673
Fecha: 2006-07-11
Carátula: FIERRO GARRIDO Eduardo Evan y otra c/FERRONI Miguel Angel y otros S/ Sumario
Descripción: prueba proveida
General Roca, 11 de julio de 2.006.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 12/13 y 106
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Miguel Angel Ferroni, Angel Ferroni y Martín Nicolas Ferroni, fíjase la audiencia del día 23 de noviembre de 2.006 a las 8,30 hs. la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.-
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de 20 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 399 del C.P.C. líbrese oficio a la Escuela 27 de Guerrico, al Hospital de General Roca y al Hospital de Allen.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oificio al Juzgado de Instrucción N* 4 a fin de que remitan la causa "TARYANO ROBERTO-FIERRO GARRIDO EDUARDO S/HOMICIDIO Y LESIONES LEVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO" (EXPTE 38025/03).-
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Urra Aguilar y Vazquez Manosalva fíjase la audiencia del día 24 de noviembre de 2.006 a las 8,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 13 de diciembre de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula a Allen y Oficio al Sr. Juez de Paz de Guerrico.-
Para la declaración testimonial de Avila y Fernandez, fíjase la audiencia del día 22 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 14 de diciembre de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante cédula a Allen y Oficio al Sr. Juez de Paz de Guerrico.-
Para la declaración testimonial de Alderette, fíjase la audiencia del día 28 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. a la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 15 de diciembre de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese mediante Oficio al Sr. Juez de Paz de Guerrico.-
PERICIAL PSICOLOGICA: De los puntos de pericia, traslado.-
PERICIAL MEDICA: De los puntos de pericia, traslado.-
Proveyendo la prueba ofrecida por los demandados Miguel, Martín y Angel, todos de apellido Ferroni (fs. 354/55 y 104)
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oificio al Juzgado de Instrucción N* 4 a fin de que remitan la causa "TARYANO ROBERTO-FIERRO GARRIDO EDUARDO S/HOMICIDIO Y LESIONES LEVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO" (EXPTE 38025/03).-
TESTIMONIAL: Previo a fijar audiencia para la testimonial a Alderette, Espinoza, Moyano y Vazquez, denuncie el presente la localidad en la que se domicilian.-
Para la declaración testimonial de Tayrano, fíjase la audiencia del día 21 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. el a la que deberá comparecer personalmente o a la del 15 de diciembre de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria, dejándose constancia que la parte demandada asume la carga de su comparecencia o arbitrará los medios necesarios para que actue el juez con jurisdicción en el domicilio del testigo, para que lo haga concurrir por la fuerza pública.-
Para su notificación librese cédula directa ley 22172 a la ciudad de Neuquén.-
PERICIAL PSICOLOGICA: De los puntos de pericia, traslado.-
PERICIAL MEDICA: De los puntos de pericia, traslado.-
PERICIAL ACCIDENTOLOGICA: De los puntos de pericia, traslado.-
Proveyendo la prueba ofrecida por la Aseguradora San cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales S.A. (fs. 82/3 y 104)
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oificio al Juzgado de Instrucción N* 4 a fin de que remitan la causa "TARYANO ROBERTO-FIERRO GARRIDO EDUARDO S/HOMICIDIO Y LESIONES LEVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO" (EXPTE 38025/03).-
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de 20 días las entidades públicas y 10 las privadas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C. líbrese oficio al Hospital de General Roca, al Concesionario Oficial de vehículos Peugeot, a la Municipalidad de General Roca, Departamento Tránsito.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de Eduardo Evan Fierro Garrido y Sandral del Carmen Gallegos Delgado, fíjase la audiencia del día 29 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. la que deberán comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada. Not.-
PERICIAL MEDICA: De los puntos de pericia, traslado.-
PERICIAL CONTABLE: Oportunamente si correspondiere.-
PERICIAL ACCIDENTOLOGICA: De los puntos de pericia, traslado.-
TESTIMONIAL: Previo a fijar audiencia para la testimonial a Alderette y Espinoza denuncie el presentante, la localidad en la que se domicilian.-
Para la declaración testimonial de Tayrano, fíjase el 21 de noviembre de 2.006 a las 9,00 hs. a la que deberá comparecer personalmente o a la del 15 de diciembre de 2.006 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria, dejándose constancia que la parte demandada asume la carga de su comparecencia o arbitrará los medios necesarios para que actue el juez con jurisdicción en el domicilio del testigo, para que lo haga concurrir por la fuerza pública.-
Para su notificación librese cédula directa ley 22172 a la ciudad de Neuquén.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro