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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0166/2013
N° Receptoría: D-1VI-110-C2013
Fecha: 2014-11-11
Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ CASIANO NANCY SILVINA S/ EJECUTIVO
Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009 COBRO actora - Def. Ausentes debe notif. y luego cesa si corresponde
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
OFICIO JUDICIAL
Viedma, de noviembre de 2014.-
Al Sr. Gerente
Banco Patagonia S.A.
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ CASIANO NANCY SILVINA S/ EJECUTIVO" (Expte. Nº 0166/2013), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria a mi cargo, a fin de poner en su conocimiento la providencia que a continuación se transcribe: "Viedma, 11 de noviembre de 2014.- ... Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que de los fondos que ingresen en la cuenta de autos Nº 122033911 deberá entregar a su sola presentación a los Dres. Gustavo Bronzetti Nuñez (DNI nº 24.876.148) y/o Leandro Nimo (DNI nº 17.076.892) hasta cubrir la suma de $ 2.185 en concepto de honorarios y la suma de $ 4.991,80 en concepto de capital y gastos causídicos, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Luciano Minetti Kern
Secretario
EXPTE. Nº 0166/2013.-
VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ CASIANO NANCY SILVINA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, de noviembre de 2014.-
Al escrito de fs. 72:
Agréguese y tiénese por cumplimentado el requerimiento efectuado a fs. 9.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que de los fondos que ingresen en la cuenta de autos Nº 122033911 deberá entregar a su sola presentación a los Dres. Gustavo Bronzetti Nuñez (DNI nº 24.876.148) y/o Leandro Nimo (DNI nº 17.076.892) hasta cubrir la suma de $ 2.185 en concepto de honorarios y la suma de $ 4.991,80 en concepto de capital y gastos causídicos, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Proveyendo a fs. 74:
Tiénese presente el domicilio denunciado (art. 343 tercer párrafo del CPCC).-
A lo demás oportunamente si correspondiere.-
Rosana Calvetti
Juez
Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro